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Mediante la Resolución Nº 567/26 la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia aprobó el nuevo reglamento de pesca deportiva con vigencia hasta mediados de 2027.
13 de agosto de 2026. Mediante la Resolución N° 567/26 publicada la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Salta dio a conocer el nuevo reglamento de pesca deportiva para la temporada 2026 – 2027.
En el anexo a esta Resolución se demarcan zonas de reserva, períodos de pesca y veda, especies susceptibles de extracción, modalidades, artes y equipos de captura permitidos y prohibidos, lugares y fechas habilitadas, especies, tamaños y cantidades permitidas y además se detallan los elementos a utilizar en cada río o embalse de la Provincia.
Luego de diferentes evaluaciones técnicas, estudios y de recepcionar sugerencias de pescadores, el programa Biodiversidad elaboró la normativa sobre la cual se regirá la actividad deportiva, garantizando la preservación del equilibrio en los diferentes ecosistemas y la reproducción de las diferentes especies ictícolas.
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Como en todas las Provincias para practicar esta actividad, es necesario conocer el reglamento y es obligatorio, portar el permiso de pesca único e intransferible el cual debe ser portado en forma visible en el ejercicio de la actividad deportiva y caducará, automáticamente, al vencer el período por el cual fue extendido o al declararse los períodos de veda. Los permisos sin fecha no son válidos.
Requisitos primera vez (carné anual)
- 2 (dos) fotos actuales 4×4.
- D.N.I. o pasaporte, en original y fotocopia.
- En el caso de residentes en la provincia de Salta, deberán tener asentado en el DNI el domicilio en la provincia.
El trámite se realizará presencial en Santiago del Estero 2245 Edificio B, en los comercios habilitados o de manera online
Requisitos Renovación (carné anual)
- Carnét de pesca anterior.
- En caso de extravío se deben cumplir los mismos requisitos de uno nuevo.
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Licencia Pesca Deportiva
- Libre anual $ 10.000.-
- Federado anual $ 5.000.-
- Anual Jubilados, Discapacitados y Menores de 12 Años: Sin cargo (se extienden por un máximo de dos años)
- Menor de 18 Años Libre Anual $ 5.000.-
- Diario Para Residentes y No Residentes $ 2.000.-
Los Municipios, Casas de comercio, Clubes de pesca y Guías de Pesca Deportiva deberán vender los permisos de pesca al público con los precios arriba señalados. Para adquirirlos gozan de un descuento del 20%.
Las artes de pesca
Se permite como único medio de captura para todas las especies el uso de una caña con un único anzuelo. Para la pesca del pejerrey se podrán usar hasta dos anzuelos como máximo, y sus accesorios correspondientes. El tamaño mínimo del anzuelo a emplear debe corresponderse con el tamaño del anzuelo Mustad 277F número 4.
La pesca debe practicarse con señuelos artificiales con un único anzuelo simple, doble o triple. Cuando se quiera utilizar un señuelo que tenga más de un anzuelo, deben quitarse los anzuelos restantes o inutilizarlos de forma tal que no puedan clavarse en los peces.
En todos los ambientes, se prohíbe el uso de señuelos y demás implementos de pesca que contengan pilas, baterías o químicos debido a su poder contaminante.
En épocas de devolución obligatoria, se debe utilizar anzuelo simple, sin rebaba o con la rebaba aplastada.
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Especies
- Dorados: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de ejemplares cualquiera sea el ambiente.
- Sábalo: Queda terminantemente prohibido, la captura, tenencia y circulación de esta especie
- Dentudo o Tararira: Se establece un período de veda reproductiva desde el 15 de noviembre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027 inclusive, en los ríos, embalses y lagunas donde habite esta especie. Durante este
periodo queda totalmente prohibido el sacrificio de ejemplares de esta especie. - Robal o manguruyú: Está prohibido, en todo el territorio de la provincia de Salta, capturar, sacrificar y/o retener ejemplares de las especies robal o manguruyú negro y robal o manguruyú amarillo.
Pesqueros de la provincia
Uno de los ambientes más emblemáticos de Salta es el dique Cabra Corral, conocido especialmente por sus pejerreyes. Allí regirá una veda entre el 1 de agosto y el 30 de noviembre de 2026, en las zonas norte y sur delimitadas por la reglamentación.
La temporada habilitada se extenderá, por lo tanto, desde el 1 de diciembre de 2026 hasta el 31 de julio de 2027. Entre los principales cupos, se permitirá la extracción de 20 pejerreyes por pescador, con una talla mínima de 21 cm, mientras que para el bagre blanco se autorizarán hasta cinco ejemplares, con una medida mínima de 35 cm.
En Campo Alegre, la veda se extenderá desde el 1 de julio hasta el 30 de noviembre de 2026. Posteriormente, la temporada permanecerá habilitada entre diciembre de 2026 y junio de 2027. Sin embargo, existe una condición importante: la pesca únicamente estará permitida desde la costa.
En el embalse El Tunal, la veda se extenderá desde el 10 de diciembre de 2026 hasta el 15 de marzo de 2027. Por su parte, en Las Lomitas regirá una veda desde septiembre hasta diciembre de 2026 y, además, únicamente estará autorizada la pesca desde la costa.
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El río Juramento tendrá habilitada la pesca entre el 1 de marzo y el 8 de diciembre de 2026. A partir del 9 de diciembre comenzará la veda, que se extenderá hasta el 1 de marzo de 2027. Además, estará prohibida la pesca embarcada utilizando motor. La reglamentación también contempla sectores donde solamente se permitirá pescar bajo la modalidad de devolución obligatoria, entre ellos aguas abajo de Peñas Blancas y los 12 km ubicados aguas arriba del embalse El Tunal.
El río Bermejo mantendrá regulaciones específicas para especies muy buscadas por los aficionados. Entre sus cupos principales aparecen un surubí por pescador, con una talla mínima de 80 cm, y un pacú, con una talla mínima de 45 cm. En cuanto al dorado, continuará exclusivamente bajo la modalidad de captura y devolución.
El río Pilcomayo, en tanto, tendrá su temporada habilitada hasta el 21 de septiembre de 2026, mientras que la veda comenzará el 22 de septiembre y continuará hasta el 1 de febrero de 2027. En el río Pescado, la actividad podrá practicarse entre el 1 de febrero y el 22 de septiembre de 2026, aunque con una condición determinante: todas las especies deberán ser devueltas al agua.
Una de las novedades más contundentes del nuevo reglamento aparece en el río Arenales, donde se estableció veda total durante todo el año. La prohibición alcanza a todas las especies, técnicas y modalidades, por lo que no podrá practicarse pesca deportiva en ningún tramo del curso. Asimismo, quedará prohibida la actividad durante todo el año en un radio de 500 m aguas abajo y sobre ambas costas de la desembocadura del Arenales en el embalse Cabra Corral.
Para consultar el detalle de temporadas y épocas de veda INGRESE AQUI
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