ANMAC dictó una resolución para iniciar un proceso de regularización
De acuerdo a las cifras entregadas por la ANMAC, en base a documentación del Banco Nacional Informatizado de Datos (BNID), en la Argentina hay 1.088.012 “legítimos usuarios” de armas de fuego. El 75% de estos usuarios “se encuentra en estado irregular”, es decir, tienen su credencial vencida.
A partir de diversas informaciones periodísticas de los últimos días en los cuales se daba cuenta que el 75% de los usuarios tienen su credencial vencida, ANMAC dictó la Resolución 174/2022 mediante la cual inicia lo que da en llamar el “Proceso de regularización de Usuarios Individuales”.
Para ello recurren al marco legal que se establece en el artículo 64 del Anexo I al Decreto N° 395/75 que otorga una validez por el término de cinco (5) años a la CLU, y que vencido el mismo sin que hubiere sido renovada caduque en forma automática y sin necesidad de comunicación previa alguna. Asimismo recordemos que en el artículo siguiente se establece que “La renovación de la credencial de legítimo usuario deberá gestionarse dentro de los noventa (90) días anteriores a su expiración….”.
Por todo ello se resolvió:
a) La BAJA DE LEGAJO de los/as usuarios/as con inscripción vencida por un plazo superior a NOVENTA (90) días corridos y que no posean material controlado en su registro. Es decir que los usuarios ni siquiera deberían comunicarlo fehacientemente a ANMAC tal como se venía realizando hasta ahora
b) La INHABILITACIÓN PREVENTIVA de los/as usuarios/as con inscripción vencida por un plazo superior a NOVENTA (90) días corridos y que posean material controlado en su registro, hasta tanto regularice su situación registral o haga uso de alguna de las siguientes opciones de baja del material que establece el Decreto 395/75, a saber
- Transferirlo a un legítimo usuario
- Subastarlo
- Enajenarlo o darlo en consignación para su venta a un comerciante inscripto
- Conservarlo, cuando se tratare de materiales recibidos por herencia, si él o los herederos declarados como tales a quienes los mismos se hubieren asignado, reunieren las condiciones de legítimos usuarios. En tal caso, él o los interesados deberán regularizarlo una vez finalizado el trámite sucesorio.
- Donarlo al Estado.
De acuerdo al Art. 6 de la normativa ANMAC va a notificar a los usuarios que están vencidos.
El texto completo de la Resolución 174/22 puede consultarse en la página de AICACYP
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