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La temporada finalizará el 16 de agosto. No exigirán la CLU para otorgar la licencia a quienes cacen con armas que no se registren en RENAR.
8 de mayo de 2026. Conforme con la Resolución 297/26 publicada el pasado lunes en el Boletín Oficial de la Provincia, la temporada 2026 de caza deportiva menor se habilitó desde el 1 de Mayo hasta el 16 de Agosto. Es obligatorio contar con Licencia.
Las especies, cupos y lugares habilitados se informan en el siguiente cuadro:

En el caso de cazadores individuales no podrán excederse en la cantidad de individuos permitidos detallados en la nómina de especies, y en el caso de excursiones con más de tres (3) cazadores deportivos podrán transportar en un (1) vehículo hasta un total de ejemplares equivalente a tres (3) cazadores respetando las cantidades por especies antes indicada, a excepción de la Liebre europea cuyo cupo es sin límite.
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La caza deportiva menor estará habilitada en los departamentos: Rivadavia, Anta, Metán, Rosario de la Frontera, Chicoana, La Viña, Guachipas, Orán, y San Martin únicamente en fincas de propiedad privada y asociadas a cultivos de granos y semillas, como así también en fincas con suelos degradados.
La caza está permitida solo los días, VIERNES, SABADOS, DOMINGOS, y FERIADOS y en horario diurno entre las 6 am y las 20 pm.
El cazador deberá contar en carácter de obligatorio con la autorización del propietario del campo y portar la hoja de ruta la cual deberán hacer visar ante la autoridad policial antes de salir de viaje y luego, al regresar, en la sede policial más cercana del lugar donde se efectuó la caza, justificando así su legal procedencia.
La caza en el centro de las miradas. Una nota del Libro del 80° Aniversario de AICACYP que no deberías dejar de leer.
Las formas de solicitar la licencia
- Para solicitar por primera vez la licencia de caza, se exige la siguiente documentación:
- Dos fotos 4×4 actualizadas y a color.
- Original y fotocopia de DNI.
- Fotocopia de la Credencial de Legítimo Usuario actualizada para quienes practiquen la caza deportiva con armas de fuego, según lo requerido por el RENAR, quedando exceptuadas las personas que practiquen caza deportiva con armas cuyo uso no requiera autorización de dicho organismo.
- En el caso de los residentes en la provincia de Salta deberán tener asentado en el DNI el domicilio en esta provincia.
- Los jubilados deberán presentar, además, fotocopia del último recibo de sueldo.
- Para renovar el carnet de caza, los requisitos son los siguientes:
- Licencia anterior.
- Fotocopia de la Credencial de Legítimo Usuario actualizada para quienes practiquen la caza deportiva con armas de fuego, según lo requerido por el RENAR, quedando exceptuadas las personas que practiquen caza deportiva con armas cuyo uso no requiera autorización de dicho organismo.
- Fotocopia último recibo de sueldo en el caso de los jubilados.
Los precios de las licencias
- Licencia deportiva por Temporada Libre para residentes en la Provincia (valores para el público). $ 30.000.-
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para federados (valores para el público). $ 15.000.-
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para jubilados, pensionados, discapacitados. sin cargo
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para No residentes en la Provincia (valores para el público). $ 55.000
A continuación el texto completo de la Resolución 297/26
temporada caza salta 2026Para conocer todas las normativas que rigen la caza en Argentina visitá la página de AICACYP
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