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La provincia difundió la normativa vigente para este año con algunos cambios respecto de 2025. La temporada está en marcha desde el 1 de enero.
22 de enero de 2026. Mediante la Resolución 297/25 la Dirección de Biodiversidad de la provincia de San Luis estableció la temporada de caza para el año 2026.
La caza se podrá realizar únicamente en campos privados, con la debida autorización del dueño del campo, la licencia vigente y las credenciales de tenencia de las armas de fuego que se utilicen. No está prevista en la reglamentación la caza con arco y flecha ni con armas de aire comprimido.
Las especies habilitadas
En esta materia se presentan cambios importantes respecto del año anterior. Por un lado se amplía de 9 meses a todo el año la temporada para los Ciervos Axis, Dama y Colorado. Además se habilitó la caza de antílopes negros. El cupo de caza de vizcachas se mantuvo en 15 ejemplares y el de Ciervo Colorado se duplicó.
Las especies, periodos y cantidades permitidas que están publicadas en la Resolución Nº 297/25, son los siguientes:
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 se podrán cazar:
- Jabalí: sin límite de ejemplares.
- Liebre europea: cinco ejemplares adultos por excursión y por permiso de caza.
- Ciervo colorado y Antílope Negro : dos ejemplares adultos de cada uno por excursión y por permiso de caza.
- Ciervos axis y Ciervo dama: un ejemplar adulto de cada uno por excursión y por permiso de caza.
Del 1 de enero al 31 de agosto de 2026 se podrá cazar
- Vizcacha: quince ejemplares adultos por excursión y por permiso de caza.
Las armas autorizadas
Caza menor: Armas de fuego de ánima lisa de hasta calibre12 incluido y armas de fuego de ánima rayada calibre 22;
Caza mayor: Apostado y/o rececho. Con arma de fuego con caño de longitud mayor a 380 mm y calibre no inferior a 7 mm, con proyectil de peso no inferior a 9 gr o 150 grains. Queda prohibido el uso de proyectiles encamisados.
En todos los casos, la cantidad de armas de fuego no podrá exceder de dos (2) por permiso de caza y por categoría. Las armas deberán transportarse desarmadas y enfundadas, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429/73, su Decreto Reglamentario y todas las reglamentaciones vigentes emanadas de la ANMaC.
La caza en el centro de las miradas. Una nota del Libro del 80° Aniversario de AICACYP que no deberías dejar de leer.
Las licencias de la Temporada de Caza 2026 en San Luis
Los requisitos para obtener el Permiso de Caza Deportiva son los siguientes:
- Ser mayor de 18 años.
- Original y copia del Documento Nacional de Identidad.
- Original vigente y copia de Credencial de Legítimo Usuario de ANMaC.
- Permiso escrito del propietario o responsable legal del campo donde se practicará la caza, con firma certificada ante autoridad policial o Juez de Paz.
- Comprobante de pago correspondiente al arancel Temporada 2026.
La reglamentación de 2026 mantiene la cantidad máxima de autorizaciones de caza que el propietario del campo podrá otorgar por la temporada. Esto es:
- Establecimientos Categoría I (de 300 a 500 Has) podrán otorgar hasta 15 autorizaciones
- Establecimientos Categoría II (mayores a 500 Has) hasta 20 autorizaciones.
El otorgamiento de autorizaciones en predios menores a 300 Has, quedará sujeto a consideración de la Autoridad de Aplicación.
¿Dónde se retira la licencia?
Los permisos deben tramitarse en www.permisosdecaza.sanluis.gov.ar
Documentación a portar durante la excursión de caza
De acuerdo a la Resolución provincial se debe contar con los siguientes elementos:
- Permiso de Caza Deportiva 2026;
- DNI;
- CLU RENAR;
- Permiso escrito del propietario del campo con firma certificada.
El texto completo de la resolución 1/2025 puede consultarse en la página de AICACYP
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