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Habilitó su manejo como especie ganadera y también la exportación de su carne y de su fibra.
2 de octubre de 2024. El gobierno nacional, a través de la Disposición 812/2024 de la Subsecretaría de Ambiente, habilitó a las provincias patagónicas para que establezcan planes de manejo y aprovechamiento del guanaco, incluyendo su manejo como actividad ganadera en cautiverio y la exportación de su fibra y su carne.
El guanaco era hasta hace poco una especie protegida, pero ahora es considerada una plaga para los sectores productivos de la región. Por eso la resolución nacional habilita a que las Provincias presenten planes de aprovechamiento racional de ese recursos.
Los animales silvestres compiten con la ganadería ovina por la disponibilidad de pasto y agua, pero su sobrepoblación se ha transformado en un dolor de cabeza para muchos productores. Para eso las provincias han desplegado algunas iniciativas de control a partir del aprovechamiento racional de ese recurso. Pero la imposibilidad de exportar los productos de la esquila o la faena de guanacos ha actuado siempre como techo de estos intentos.
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Ahora, dentro del gobierno de Javier Milei, se ha vuelto a modificar el enfoque nacional, alterando la última resolución vigente en la materia, que había sido dictada en julio de 2019, cuando Juan Cabandié era el secretario de Ambiente. Es que ese último “Plan Nacional para el Manejo Sostenible del Guanaco” tenía, según las nuevas autoridades, “deficiencias importantes en información de base como en objetivos y contenido”.
Directrices para el uso sostenible del guanaco
La resolución habilita a las provincias a presentar planes de manejo tomando como base esas directrices, para diferentes modalidades de aprovechamiento de los recursos:
- Manejo de guanacos en silvestría mediante el método de arreo, encierre, esquila y liberación de los ejemplares intervenidos.
- Manejo en silvestría mediante el método de arreo, encierre y faena de ejemplares (con o sin esquila).
- Captura de ejemplares de ejemplares con otros fines (establecimiento de planteles de cria, exportación de animales vivos, caza comercial)
- Cría en cautiverio.
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Por otro lado, aclara la norma que “no se deberá autorizar un manejo poblacional de guanacos por medio de cosecha, en sitios donde las poblaciones son relativamente pequeñas en una escala de paisaje, o se encuentran fragmentadas y aisladas”.
Las obligaciones para las provincias
La nueva normativa nacional pone dos condiciones a las provincias que quieran avanzar en la aprovechamiento del guanaco:
- Les exige la presentación de planes
- Las provincias interesadas en una explotación racional de la especie hagan “una estimación poblacional previa dentro de cada predio o conjunto de predios habilitados” y en todo caso, si la superficie habilitada supera el 20% de la provincias, que lleven a cabo un censo provincial sobre las dotaciones de guanacos presentes.
“Queda prohibida la exportación, tránsito interprovincial y comercialización en jurisdicción federal de ejemplares vivos, productos y subproductos del guanaco que no cumpla con los planes de manejo provinciales”, enfatizó la disposición.
Esta posición a favor de desmantelar las reglas demasiado estrictas para el manejo racional del guanaco comenzó a expresarse cuando -con fecha 4 de junio de 2024-, el Consejo Agrario Provincial y el Ministerio de la Producción de Santa Cruz solicitaron modificaciones a las reglas vigentes a las normas nacionales, argumentando que el aprovechamiento de la especie ha sido extremadamente inferior al potencial”.
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