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Solamente tres leyes involucran a actividades vinculadas a nuestro sector.
20 de mayo de 2026. El proyecto de “Ley Hojarasca”, impulsado por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, y aprobado hoy por la Cámara de Diputados elimina 58 leyes vigentes consideradas obsoletas, inútiles o restrictivas.
La votación en el recinto concluyó con 138 votos afirmativos, 96 negativos y 9 abstenciones. Para conseguir los votos del bloque aliado y de la oposición dialoguista, el oficialismo aceptó realizar modificaciones respecto del texto enviado por el Poder Ejecutivo que incluía cerca de 70 leyes.
Acampantes, actividades náuticas y armamento.
El proyecto aprobado mantuvo la derogación de las tres leyes vinculadas con nuestro sector por lo que continuaron en el listado de eliminación masiva bajo sus respectivas justificaciones técnicas. Ellas son:
Ley N° 3.235 (1895): Dictada bajo la presidencia de Julio A. Roca autorizaba al Poder Ejecutivo para invertir, en armamento, equipo y material de guerra para el ejército de tierra:
- En los cuerpos de ejército 3.920.000 pesos oro. Dentro de ellos el arma de infantería recibiría 500.000 pesos oro. A valores de aquella época entre 5 y 6 mil fusiles mauser.
- Para la armada se preveía invertir en construcciones navales equipo y material de guerra por 4.700.000 pesos oro. Algo así como 75.000 millones de pesos actuales.
- Tambien autorizaba partidas para un fuerte militar en Bahía Blanca, material para fabricación de cartuchos y pólvora sin humo, adquisición de obuseros de campaña y piezas de sitio.
Por esta razón, esta ley requería una aprobación directa del Congreso. No se trataba de un gasto menor, sino de una partida presupuestaria masiva destinada a renovar el arsenal de las tropas de tierra en un momento de altas tensiones vecinales.
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Ley N° 20.308 (1973): Esta ley creó el Fondo Naval Fomento Actividades Náuticas. Su objetivo fue el de alentar. promocionar y fomentar todas las actividades vinculadas con los intereses del litoral marítimo, fluvial y los espejos de agua del interior de Argentina. Y además cumplir con el Calendario Anual Deportivo Cívico Naval.
Estaría financiada con el presupuesto propio de la Armada, con el de la Nación y eventualmente con aportes de terceros. Nunca fue reglamentada.
Ley N° 20.802 (1974): Es la ley que creó el “Régimen Nacional de Mochileros” y el carnet obligatorio para acampar o viajar a dedo. Con la excusa de otorgar beneficios inexistentes – preferencia de acampe, por ejemplo- en realidad posibilitaba a las fuerzas policiales detener para “averiguación de antecedentes” a quienes no lo hubieran tramitado.
No existen registros fotográficos, modelos oficiales digitalizados ni bases de datos de personas inscriptas para el “Carné de Mochilero” en los portales del Estado.
El motivo es que, aunque la Ley N° 20.802 fue sancionada y publicada en septiembre de 1974, nunca llegó a implementarse en la práctica. Quedó como una “ley muerta” desde el primer día porque faltó su reglamentación y el diseño del documento físico por parte de la Dirección Nacional de Turismo.
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