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Solo se puede pescar en los Diques Celestino Gelsi, La Angostura y Escaba.
17 de diciembre de 2025. La Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos (DFFSyS), dependiente de la Secretaría de Producción, informó que desde el 12 de diciembre del corriente año quedó establecida la veda de pesca deportiva sobre todas las especies de fauna ictícola en ríos o cursos de agua temporarios y permanentes del ámbito provincial, incluido el sector tucumano del embalse Termas del Río Hondo.
La medida se dispuso mediante la Resolución N° 393 (DFFSyS), a partir de la campaña de monitoreo realizada para determinar el período reproductivo de las especies. De los estudios efectuados surgió la necesidad de preservar las poblaciones nativas de fauna ictícola y posibilitar el normal desarrollo del desove natural en los distintos ríos de la provincia.
La normativa estableció que la veda se mantuvo vigente hasta tanto los estudios técnicos indicaron la factibilidad de su levantamiento y recordó que “las transgresiones a la presente Resolución serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente”.
La restricción a las actividades extractivas se encontró contemplada en la Ley Provincial N° 6.292, que otorgó las facultades correspondientes a la Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos para dictar la medida.
La normativa en los Diques
Mediante la Resolución 362/2025 se dispuso que desde el 20 de noviembre del corriente año, quedó habilitada la práctica de pesca deportiva en los diques La Angostura, El Cadillal y Escaba.
La medida estará vigente hasta que los relevamientos técnicos determinen la implementación de un nuevo período de veda.
A la pesca del futuro con la historia en el reel. Una nota de Néstor Saavedra para el libro del 80° Aniversario de AICACYP.
Hasta el 20 de marzo del año 2026 se podrá pescar de 7:30 a 20:00. Desde el día siguiente y hasta el 20 de septiembre de 2026 el horario habilitado será 8:00 a 18:00. Por ende está prohibida la pesca en horario nocturno.
Se podrán extraer las siguientes especies y cupos
- Pejerrey: 30 piezas sin longitud mínima, por persona y jornada de pesca.
- Bagre: 8 piezas de 30cm de longitud mínima por persona y jornada de pesca.
- Tararira: 3 piezas de 30cm de longitud mínima por persona y jornada de pesca. –
- Boga: 8 piezas por persona, 40 cm de longitud mínima.
La pesca podrá efectuarse desde la orilla o embarcados, con una caña y dos anzuelos como máximo.
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