Cerca del 70% eran de los calibres .22, .32 y .38
Alrededor del 30% carecía de numeración o estaba eliminada. Entre el material sujeto a destrucción hubo 289 que no se destruyeron pues tienen pedido de secuestro. Desconocemos que procedimientos se llevan a cabo para notificar a los afectados por la pérdida del material. Mirá el listado.
21 de septiembre de 2023. La Agencia Nacional de Materiales Controlados, con el apoyo logístico de la Policía Federal Argentina, llevó adelante la cuarta destrucción de armas de fuego entre los años 2020 y 2023, autorizada mediante las Resoluciones ANMaC N° 147 y 148/2023 eliminando 10.130 materiales decomisados en el marco de investigaciones penales desarrolladas por departamentos judiciales de las provincias de Entre Ríos, Santa Fe, Corrientes, San Juan, Tucuman, La Pampa y Buenos Aires.
El evento contó con la participación de la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Seguridad, Mercedes La Gioiosa; el Presidente de Trenes Argentinos, Martín Marinucci; el Ministro de Seguridad de San Juan, Carlos Munisaga; el Director de Arsenales del Ejército Argentino, Coronel Mayor Francisco Javier Oteo; el Decano de la Facultad de Ingeniería del Ejército, Alberto Ricardo Nadale; autoridades de la Aduana, entre otros/as funcionarios/as nacionales y provinciales de los tres poderes, con el acompañamiento de personal directivo y operativo de la Agencia Nacional de Materiales Controlados.
Mirá también: El control de las armas de fuego, proliferación y corrupción
La Resolución ANMaC N° 147/2023 indica expresamente “Que, efectuados los controles registrales pertinentes, se ha detectado la existencia de DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (289) armas de fuego (provenientes de operativos judiciales) que poseen pedido de secuestro vigente.” y que por lo tanto NO se destruyeron.
Por su parte la Resolución ANMaC N° 148/2023 hace referencia a que se destruirían 103 armas de fuego recibidas en el marco del artículo 70 de la Ley 20.429. Pues bien, la Ley 20429 NO tiene 70 artículos, solo tiene 49, así que no queda clara su procedencia.
Mirá el listado de las que NO se destruyeron por tener pedido de secuestro. Tal vez esté la que te robaron.
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Dario
Hola, como usuario y lector recibo on line las novedades de la revista. He notado desde siempre, la evidente postura crítica vuestra hacia las autoridades de ANMaC. Les pregunto, más allá de las diferencias, ¿es necesario argumentar siempre de manera negativa ante las acciones de la Agencia? Se “ignora” como contactarán a los propietarios de armas con pedido de secuestro. Si el que escribe la nota “no lo sabe” pués que llame a ANMaC y pregunte. Si en lugar del art. 70, de la ley 20429, fuera el art. 7 de la ley 25938, si hubo un error, o tal vez el que escribe ignora la existencia de otra normativa, ¿es necesaario plantear la “duda sobre la procedencia de esas armas”? Como la institución importante que es AICACYP y que trabajan aportando sus conocimientos para mejorar para toda la comunidad la gestión en este caso de las armas, me parece que deberían evitar tanta crítica solapada e inútil. A mi criterio, no suma, Atte.