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Estará habilitada hasta el 2 de agosto. Especies, cupos y días autorizados en esta nota de Aire Libre
2 de junio de 2025 . La Dirección General de Bosques y Fauna de Santiago del Estero informó que a partir del día 8 de mayo ha quedado habilitada la temporada de caza deportiva mayor y menor en todo el territorio de la Provincia.
Quedan exceptuados los Departamentos Capital, Banda, Rivadavia (especialmente en los bañados de la Laguna de Los Porongos), Guasayán, Choya, Copo, Lagos de Termas de Río Hondo y Perilago, el Embalse o Espejo del Dique Figueroa y Cauces de Ríos de Jurisdicción Provincial.
Las actividades de Caza Deportiva podrán realizarse únicamente los fines de semana, feriados Nacionales, permanentes y/o Provinciales no así los departamentales y Municipales, y solo durante las horas de luz diurna.
Especies y cupos autorizados
MAMÍFEROS MAYORES – Todo el año
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- JABALI (Sus Scrofa) y CHANCHO CIMARRON (s.p.) sin límite, sin precinto.
MAMÍFEROS MENORES – 8 de mayo al 2 de agosto
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- Liebre Europea (Lepus sp.): dos ejemplares por cazador y por excursión
- Nutria (Myocastor coypos): dos ejemplares por cazador y por excursión
- Zorro (Discisyun gimnuscecus): tres ejemplares por cazador y por excursión
CAZA MENOR AVES – PERDICES – 8 de mayo al 2 de agosto – Cupo total: 10 piezas por cazador por excursión.
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- Perdiz chica: 5 unidades por excursión y por cazador
- Perdiz montaraz: 3 unidades por excursión y por cazador
- Charatas: 5 unidades por excursión y por cazador
CAZA MENOR AVES – PATOS – 8 de mayo al 2 de agosto – Cupo total: 10 piezas por cazador por excursión. Extranjeros, solo dos excursiones por temporada.
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- Pato Picazo: cinco ejemplares por cazador
- Pato Maicero: cinco ejemplares por cazador
- Pato Capuchino: tres ejemplares por cazador
- Pato Sirirí Pampa: tres ejemplares por cazador
- Pato Sirirí Colorado: cuatro ejemplares por cazador
CAZA MENOR AVES – PALOMA COMUN – Todo el año – Sin límite y en toda la provincia. Excepto la paloma torcaza (Columba Picazuro) y la paloma manchada (Columba Maculosa) que tienen un cupo de 40 ejemplares por cazador y por excursión.
La caza en el centro de las miradas. Una nota del Libro del 80° Aniversario de AICACYP que no deberías dejar de leer.
Especies exóticas
Se autoriza la caza de especies declaradas plagas, exóticas, invasoras o proveniente de criaderos durante todo el año, sin cupo y en propiedades privadas con la anuencia del propietario y en propiedades publica con la autorización del Organismo de aplicación.
Incluye las siguientes especies: Jabalí, Chancho Cimarrón, Ciervo Colorado, Ciervo Dama, Ciervo Axis, Antílope, Muflón, Búfalo, Carnero Cuatro Cuernos, Carnero Salvaje, Cabra Salvaje.
El desarrollo de la actividad será siempre durante el día.
Prohibiciones
Estarán vedadas para la presente temporada las siguientes especies: Puma, Corzuela o Guazuncha, Ñandu o Suri, Pecari Labiado, Chancho Quimilero, Vizcacha, Conejo y Ganso Salvaje.
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Otros requisitos
Es requisito indispensable para la práctica de la actividad contar con la Licencia de CAZA DEPORTIVA actualizada o PERMISO PROVISORIO DE CAZA, extendido por la Subdirección General de Fauna cuyos valores son los siguientes:
- LICENCIA DE CAZA ANUAL $40.000
- LICENCIA DE CAZA FORANEO ANUAL $80.000
- LICENCIA DE CAZA EXTRANJERO $150.000
- LICENCIA DE CAZA DEPORTIVA PROVISORIA/EXCURSION $40.000
Las personas habilitadas para el ejercicio de la caza deportiva solo podrán ejercitarla en los campos de propiedad privada, con anuencia previa del propietario u ocupante legal de la propiedad, para lo cual deberán exhibir la correspondiente FICHA DE AUTORIZACION con la firma del encargado o propietario.
Si el cazador circulare por vía publica o por zona de veda con productos de la caza, deberá contar con la hoja de ruta firmada por la policía o Juez de Paz del lugar de origen de la cacería. Durante el tránsito por los caminos públicos las armas deberán transportarse desarmadas y guardadas en sus respectivos estuches o fundas.

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