Se dictó una nueva reglamentación para la Provincia
- Reemplaza a la Resolución dictada en 2017, también relacionada con la caza para control de especies exóticas invasoras.
- Se mantiene la autorización de caza de estas especies todo el año y sin límite de piezas.
- Se quitaron todas las especificaciones en materia de tipos de armas autorizadas para la caza.
25 de Julio de 2024. La Resolución 213/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe dispone dejar sin efecto la Resolución N° 204 y su anexo dictados el 6 de julio de 2017, por el entonces Ministerio de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, ambas relacionadas con la caza para el control de Especies Exóticas Invasoras y Especies Exóticas Potencialmente Invasoras.
Las especies así consideradas son las siguientes:
- Jabalí o chancho cimarrón (Sus scrofa),
- Ciervo dama (Dama dama),
- Ciervo axis (Axís axis),
- Ciervo rojo (Cervus elaphus),
- Antílope (Antílope cervicapra),
- Búfalo de agua (Bubalus bubalis),
- Carnero salvaje (Ovís sp.),
- Cabras salvajes (Capra hispánica y Capra sp.) y
- Mouflón (Ovis musimon)
El listado arriba descripto es similar al vigente hasta el día de hoy. Por otro lado se mantiene la prohibición de la instalación de nuevos criaderos, acopios y muestrarios de esas especies como de las incluidas en la Resolución N° 109/21 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Los propietarios de estos predios seguirán siendo responsables por los daños producidos al ambiente y/o a terceros originados por el escape de ejemplares.
La caza de estas especies se seguirá pudiendo practicar sin límite de piezas y en cualquier época del año. Solamente podrá ser realizada por personas mayores de 18 años, munidas de la licencia respectiva. Dado que los menores de 21 años no pueden acceder a la CLU, aunque la disposición no señala nada al respecto, deberían estar acompañados de un legítimo usuario con la credencial vigente del arma.
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Se dispone también la obligación por parte del cazador de agotar los medios a su alcance para hallar y dar muerte a la pieza que hubiere herido, así como recolectar todas las piezas abatidas.
Añadieron algunas zonas prohibidas de caza, además de los Departamentos La Capital, Rosario y San Lorenzo los cuales pueden consultarse en el texto de la Resolución 213.
Finalmente la nueva disposición no hace referencia a ningún tipo de especificidades en materia del tipo de armas que se pueden utilizar para cazar. Sin lugar a dudas una corrección muy apropiada de la norma anterior.
El modelo de permiso del dueño del campo puede descargarse DESDE AQUÍ
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