Cazadores, Control de Armas, y la Comisión Europea.
Por David Kenjiro Karásek – Artículo elaborado por la organización pro-armas de la República Checa, LEX, agrupada en la confederación mundial de organizaciones FIREARMS UNITED. Traducido al español por ANARMA – Asociación Nacional del arma de España
Cuando la deportista de élite Rachel Carrie llegó en agosto a la ciudad escocesa de Dundee a participar en los juegos de la Commonwealth, se encontró con una desagradable sorpresa. En su lugar de alojamiento, en el hotel donde tenía una reserva, la recepcionista llamó a la policía en cuanto la vio llegar. Ella fue interrogada durante cuatro horas. ¿El motivo del interrogatorio? La Señorita Carrie iba a asistir a un concurso de tiro al plato y trajo con ella su escopeta con todos los permisos legales necesarios. Cuando los agentes de policía se dieron cuenta que, efectivamente, no se había quebrantado ninguna ley, aún cuando el gerente del hotel lo entendió a la 1:30 de la madrugada, este se negó a alojar a la deportista de todos modos.
Hasta no hace mucho tiempo un revólver o un rifle de caza eran parte común del equipamiento de un caballero británico. ¿Hoy en día, los súbditos de Su Majestad, pueden olvidarse totalmente del revólver, y del arma de fuego para cazar? Si se trata de una escopeta, es posible conseguirlo – tal vez, pero deben tener un garante, quien deberá responder por su, buen carácter’. No cualquier garante, por supuesto: no puede ser miembro de su familia, debe haberle conocido durante al menos dos años, y debe ser “miembro del Parlamento, juez de paz, religioso, médico, abogado, funcionario de carrera, empleado de banca o una persona de categoría similar. ”
Luego usted deberá firmar el consentimiento para que la policía acceda a sus expedientes médicos, y prepárese para que los agentes de policía visiten su casa, donde se comprobará lo que usted ha certificado, que tiene una caja de seguridad certificada anclada sólidamente a la pared. Después de eso, un jefe de policía puede emitir el certificado de la escopeta que usted ha requerido. Por supuesto, él también puede llegar a la conclusión de que no es así, que no posee las condiciones para que le sea confiada un arma de fuego “- tener antecedentes penales limpios no es suficiente – eso es todo, y su único recurso es apelar a los tribunales.
Sin embargo, si quiere un rifle a cerrojo solamente, los rifles semiautomáticos están prohibidos (con excepción de los del .22 de fuego anular) – entonces usted tiene que traer dos garantes, en vez de uno, y usted debe proporcionar una buena razón por la que quiere tener un arma de fuego de estas características.
La caza se considera que es una buena causa; Sin embargo, simplemente declarar que lo desea para fines de caza no es suficiente. Debe declarar las que especies quiere cazar y dónde las quiere cazar, todo ello presentado un permiso firmado por los terratenientes o dueños de los cotos confirmando esto.
La otra buena causa es el tiro al blanco, y para obtener el certificado debe haber sido miembro de un club de tiro durante 6 meses antes.
Después la policía verificará que efectivamente tienen permiso para cazar en ese lugar y que las especies a cazar declaradas en realidad habitan allí, sólo entonces usted puede obtener un certificado para rifle de caza – pero sólo un rifle de tal manera que este sea el apropiado, según la tabla de la policía, el adecuado para la caza que indica. La renovación y revocación de certificado sigue el principio de “el maestro da y el maestro quita”.
Cuando el jefe de policía llega a la conclusión de que usted ya no está en condiciones de ser confiable con un arma de fuego, o que ha perdido una “buena causa” para tenerla – por ejemplo, si pierde el permiso de caza en el coto o no continúa asistiendo a un club de tiro – él puede revocarla, y usted solo puede ir a quejarse a un tribunal.
El principio del sistema en su conjunto se resume mejor en palabras del actual ministro de Estado británico de Vigilancia y Justicia Penal: “Yo creo que la propiedad de un arma de fuego es un privilegio y no un derecho, y que la seguridad pública debe ser primordial.”
El proceso mediante el cual, un derecho de todos los ciudadanos respetuosos de la ley se convierte en privilegio otorgado a discreción de la policía es bien conocido, se denomina como el “proceso de pendiente resbaladiza”. En primer lugar, se produjo una prohibición de los rifles semiautomáticos, y los cazadores británicos / tiradores no se opusieron, ya que podrían llegar a funcionar con cerrojo. Luego vino la prohibición de las armas cortas para el tiro al blanco. La comunidad británica de tiro no se opuso porque los dueños de pistolas eran una minoría y pensaron que era mejor sacrificarlos y mantener la cabeza agachada. Todavía se puede obtener un arma corta para el sacrificio humanitario de los animales heridos, pero las fuerzas de policía son conocidas por no permitir o conceder muy raramente este permiso.
Las armas de caza fueron el siguiente objetivo – y los cazadores británicos se dieron cuenta de que estaban solos. No se dieron cuenta a tiempo de que la “pendiente resbaladiza” comienza siempre en su punto más alto – que aquellas armas que no necesitaban eran “la zona amortiguadora” que protegía sus propias armas de fuego.
La situación actual en la Unión Europea es similar a esto. En julio de 2012, la Comisión Europea ofreció la “simplificación” de la Directiva sobre las armas de fuego. La simplificación se basó en la reducción del número de categorías de armas de fuego de cuatro a dos – la categoría D (otras armas de fuego) y categoría C (armas de fuego sujetas a declaración) debían ser abolidas, y las armas que entran actualmente en esas categorías tuvieron que ser trasladadas a la categoría B (armas de fuego sujetas a autorización).
Afortunadamente, la propuesta fracasó; Sin embargo, en octubre de 2013, la Comisión entregó al Parlamento Europeo una lista completa de las nuevas ideas, por ejemplo, “a pesar del valor a nivel técnico de ciertos tipos de armas de fuego actualmente permitidos para uso civil, como las armas semi-automáticas, estas se contraponen a la seguridad, y se considera que sería más apropiado el restringir aún más el acceso a estas armas. “La propuesta se ofrece también a adoptar las normas de la UE más comunes en los fines legítimos de la propiedad o el uso de un arma de fuego y también sobre cuándo una licencia debe ser denegada.”
Sin embargo, esos intentos provocaron una oposición decidida de todos los propietarios de armas respetuosos de la ley en toda Europa, y gran parte de esa oposición fue constituida por grupos de caza y conservación. Esto obligó a la Comisión a retirar las propuestas – pero no para bien, por supuesto, sólo para volver a la evaluación.
La siguiente propuesta se supone que vienen en julio de 2015, y me atrevo a adivinar cómo se presentará: “con respeto al tiempo y legítima tradición de caza y tiro deportivo “, que se hará con cuidado para evitar cualquier intromisión con la caza y el tiro deportivo”, y a continuación todas las restricciones caerán sólo sobre los propietarios de pistolas, rifles semi-automáticos y otras “armas peligrosas”.
También me atrevo a decir que el destino del derecho de las personas respetuosas de la ley a poseer y utilizar un arma de fuego dependerá, en gran medida, de la reacción de los cazadores: si caen en la misma trampa que los propietarios de armas británicos en el pasado, o si deberán darse cuenta de que los dueños de pistolas y fusiles semi-automáticos son la zona de amortiguación que protege sus propias armas de fuego y que por tanto deberían protegerlos, puesto que se estarán protegiendo así mismos…
Fuente: ANARMA
Datos Estadísticos de Armas en el Reino Unido –
* El total estimado de armas de fuego (tanto licitas como ilícitas) pertenecientes a civiles es de 4.060.000, equivalente a 6,71 armas cada 100 habitantes.
* El número de fusiles/rifles en posesión de civiles es de 540.237, el número de escopetas es de 1.576.548 y el de pistolas 14.501.
* El número de propietarios de armas de fuego con licencia es de 842.665, equivalente a 1,34 licencias por cada 100 habitantes.
* El número de armas de fuego registradas es de 2.149.330, equivalente a 3,43 armas registradas cada 100 habitantes.
Fuente http://www.gunpolicy.org/es/
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