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Fijó los límites para las excursiones de navegación y actividades turísticas sobre el río Iguazú.
24 de junio de 2026. La Resolución 193/2026, publicada en el Boletín Oficial, por la Administración de Parques Nacionales avanzó en un proceso de ordenamiento territorial dentro del Parque Nacional Iguazú. Mediante la misma aprobó formalmente los límites georreferenciados de la concesión operada por La Gran Aventura Náutica SRL para la realización de las excursiones de navegación sobre el rio Iguazú.
La medida tiene una importancia que excede lo meramente cartográfico. Hasta ahora ninguna de las concesiones que operan dentro del Área Cataratas contaba hasta ahora con un polígono territorial formalmente aprobado, definido y georreferenciado. Esta ausencia de límites precisos generaba interpretaciones diferentes entre los actores involucrados y abría la puerta a conflictos vinculados al uso de espacios, autorizaciones de obras, responsabilidades operativas y controles ambientales.
La concesión en cuestión fue adjudicada originalmente a Alejandro Arrabal mediante la Licitación Pública 14/2015. Estaba destinada a la prestación de servicios de excursiones náuticas en jurisdicción del Parque Nacional Iguazú. Posteriormente, los derechos fueron transferidos a La Gran Aventura Náutica SRL. Una empresa que actualmente explota uno de los productos turísticos más demandados por los visitantes de las Cataratas.
La resolución aprobada por el Directorio de Parques Nacionales delimita de manera oficial los distintos espacios vinculados a la operación de la empresa, incluyendo el Puerto Macuco, el taller de mantenimiento y apoyo logístico, sectores de embarque y desembarque, oficinas administrativas, senderos operativos y puntos de atención al visitante distribuidos dentro del área protegida.
Desde el organismo explicaron que la falta de una delimitación territorial precisa afectaba la planificación de inversiones. A la vez complicaba la autorización de mejoras e infraestructura dentro de los espacios concesionados. Además, generaba incertidumbre respecto de la asignación de responsabilidades legales, coberturas de seguros y obligaciones ambientales.
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El caso adquiere mayor relevancia si se considera que el Área Cataratas concentra múltiples concesiones turísticas. Todas conviven dentro de un mismo espacio de uso público. Entre ellas sobresale también la concesión de servicios generales operada por Iguazú Argentina S.A. Como por ejemplo el Tren Ecológico de la Selva, el mantenimiento de las pasarelas, los paseos nocturnos, etc.
Para Misiones, la decisión representa un paso relevante en la profesionalización de la gestión turística de uno de los destinos más importantes del país. Las Cataratas del Iguazú constituyen el principal atractivo turístico de la provincia y uno de los mayores generadores de divisas vinculadas al turismo receptivo internacional. La seguridad jurídica de las concesiones y la claridad en la asignación de responsabilidades aparecen como factores clave para sostener inversiones y mejorar la calidad de los servicios.
La medida también anticipa una tendencia que podría extenderse al resto de las concesiones existentes dentro de áreas protegidas nacionales. La definición precisa de los espacios de explotación comercial se vuelve cada vez más relevante en un escenario donde la actividad turística convive con exigencias crecientes de conservación ambiental, control estatal y desarrollo de infraestructura.
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