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El Gobierno puso un límite de peso para la Categoría B, que lo supera la mayoría de las vans.
6 de marzo de 2026. La nueva categorización en clases y subclases de la Licencia Nacional de Conducir 2026 establecida por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) deja afuera a partir de este año a las licencias de Categorías B1 y B2 para los motorhomes de más de 3.500 kilos de peso bruto. Es decir, afecta a la mayoría de las vans adaptadas como vehículos recreativos. La nueva clasificación obligará a tramitar una licencia pensada originalmente para el rubro comercial, la Categoría C1.
Ante este cambio en la normativa, la Cámara de Fabricantes Argentinos de Trailers, Casillas Rodantes y Afines (FATCRA) pidió una reunión con los Ministerios de Transporte de Nación y Provincia de Buenos Aires, además del de Desregulación.
“El reciente cambio en la nomenclatura de las clases y subclases de la Licencia Nacional de Conducir (específicamente la categorización de las Clases B1, B2 y C1) genera una barrera burocrática y legal que, en la práctica, paraliza y empuja a la ilegalidad a la totalidad del turismo de motorhomes y vehículos de arrastre en Argentina”, reclamó Matías Barnade, secretario de Fatcra.
Según la entidad, se trata de un problema técnico y etario. “La normativa restringe la licencia B1 a casas rodantes motorizadas de hasta 3.500 kg. La realidad de la industria es que cualquier vehículo base utilizado para Motorhome, por ejemplo, Mercedes Benz Sprinter – supera holgadamente los 3.500 kg de PBT (Tara + Carga). O incluso los 5.000 kg en versiones con duales, lo cual obliga automáticamente a los usuarios a tramitar la licencia C1”, explica.
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Y agrega: “En cuanto a la licencia B2, estipula remolques de hasta 750 kg o casa rodante no motorizada, sin especificar el peso ni tener en cuenta que más del 95% de las casas rodantes pesan más de 750 kg”.
Barnade explica que, al recategorizar estos vehículos de uso recreativo dentro de la Clase C, históricamente diseñada para el transporte de carga comercial, se impondrán restricciones de edad máxima y requisitos psicofísicos más rigurosos, cuando el grupo demográfico mayor de 65 años conforma el eje central de esta comunidad.
La cifra corresponde a los datos preliminares del Primer Censo Nacional Rodantero 2025-2026, desarrollado por FATCRA, la Secretaría de Turismo de la Nación, Parques Nacionales y el Automóvil Club Argentino (ver acá).
“Esta normativa los deja fuera de toda posibilidad de uso o los convierte en usuarios ilegales, impidiéndoles renovar sus licencias para el uso de remolques en general de hasta 3.500 Kg. o vehículos recreativos privados”, explica Barnade.
Una posible solución
Desde FATCRA proponen una solución técnica “inmediata y probada en la región”. Modificar el alcance de la Licencia Clase B1 para vehículos recreativos (Casas Rodantes Motorizadas), adoptando el estándar vigente en Brasil. Alli se permite expresamente conducir vehículos tipo “motorhome” de hasta 6.000 kg de peso bruto total, con la licencia estándar de Categoría B.
Requisitos para la Licencia Comercial
La Licencia Clase C1 permite manejar camiones sin acoplado, ni semiacoplado, ni articulado y vehículos o casas rodantes motorizadas con un peso de hasta 12.000 kg. Para obtenerla hay que tener como requisito la B1 por lo menos con un año de antigüedad. El solicitante debe tener 21 años cumplidos y para sacarla por primera vez ser menor de 65. Se precisa además Certificado de Antecedentes Penales y libre deudas de faltas. Los exámenes de idoneidad incluyen un psicofísico más riguroso que la categoría particular, evaluando agudeza visual, auditiva y perfil psicológico para carga pesada. También se exige una prueba “teórica profesional”, que evalúa la conducción de vehículos pesados, estiba de carga, pesos máximos y legislación específica. El examen práctico analiza idoneidad conductiva y detección de fallas mecánicas realizado con un vehículo acorde a la clase C1 además de puntos críticos y alertas de riesgo.
Los titulares de motorhomes que superen los 65 años deberán rendir examen teórico y práctico en cada renovación. A partir de los 70, la exigencia de aptitud médica se incrementa significativamente y los plazos de vigencia se reducen a un año. Se tramita en el distrito de domicilio del DNI siendo excluyente la discrepancia. Si el conductor proviene de otra jurisdicción y no cuenta con la Licencia Nacional estandarizada, se le exigirá un Certificado de Legalidad emitido por el municipio de origen.
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